¿Para qué sirven? ¿Cómo nos benefician?
Los Acuerdos comerciales están basados en consensos alcanzados entre diferentes países sobre las condiciones comerciales en que intercambiarán bienes y servicios.
Es así que se negocian varios capítulos o partes que conforman el Acuerdo Comercial. Para efectos de comercio de bienes industriales, nos enfocaremos dos: Acceso a Mercados y Reglas de Origen.
El primero «Acceso a Mercados» contiene lo siguiente:
a) Conjunto de condiciones impuestas por el gobierno (leyes / reglamentos / medidas) para que un producto pueda ingresar a un territorio aduanero en condiciones no discriminatorias (TN/NMF).
b) Regulado a través de medidas en frontera incluyendo los aranceles, contingentes arancelarios, restricciones cuantitativas y otras medidas no arancelarias.
Acompaña este capítulo, la lista Arancelaria de cada país acompañado con la tasa base y los plazos de desgravación.
El segundo «Reglas de Origen» consiste en la determinación del origen de los productos en base a principios y criterios que se detallan a continuación:
a) Enteramente obtenidas: Mercancías extraídas en el territorio de las partes.
b) Transformación sustancial o suficiente.
c) Elaboradas exclusivamente a partir de materiales originarios.
El acuerdo sobre los criterios con que deberán cumplir los productos de cada una de las Partes (Países) que negocian el Acuerdo determinará en qué casos los productos que intercambian se beneficiarán de las preferencias arancelarias (eliminación arancelaria inmediata o en plazos).
¿Cómo conocer la preferencia arancelaria de determinado producto?
1. Determinar la clasificación arancelaria del producto.
2. Buscar en la Lista Arancelaria del producto e identificar qué tratamiento (de desgravación arancelaria recibe el producto
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